El Derecho de Salud es una rama del Derecho Público que regula la Seguridad Social, con el objetivo de garantizar medios de subsistencia para el asegurado y sus dependientes en circunstancias adversas, como edad avanzada, incapacidad laboral, muerte del proveedor y desempleo involuntario.
¿Qué hace un abogado de derecho de salud?
Un abogado de derecho de salud se especializa en cuestiones relacionadas con la seguridad social, incluyendo beneficios de seguridad social, jubilaciones, pensiones, ayudas por enfermedad, entre otros. Por lo tanto, el deber del abogado de derecho de salud es garantizar al cliente el mejor beneficio posible para su caso.
Somos un despacho de abogados especializado en Derecho de Salud
El Derecho de Salud es el área del derecho relacionado con la seguridad social. Cuenta con profesionales especializados en derecho de salud aptos para prestar la mejor ayuda en la defensa de estos derechos.
Nuestro despacho de abogados atiende en todas las áreas del Derecho de Salud, por lo que puedes contar con nosotros en momentos de necesidad relacionada con esta materia, independientemente de tu régimen de seguridad social.
Dado que el área del Derecho de Salud es muy amplia y específica, es esencial que busques un abogado especializado en derecho de salud para que te atienda. Así como el médico oftalmólogo está especializado en visión, en el derecho, tenemos abogados especializados en cada área.
Por lo tanto, nuestros especialistas atienden casos de seguridad social de personas que trabajan en el sector privado, es decir, que tienen contrato laboral, profesionales liberales, como médicos, dentistas y psicólogos, servidores públicos, trabajadores rurales, microemprendedores, personas con discapacidades, y todas las personas que necesiten ayuda con el derecho de salud.
Realizamos el análisis de los planes de beneficios instituidos por el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), el Régimen Propio de los Servidores Públicos y el Sistema de Seguridad Social Complementaria con énfasis en los aspectos jurídicos.
Nuestro equipo de Abogados de Seguridad Social tiene un profundo conocimiento en el área y actúa en la práctica de manera diligente y estratégica para que tu problema se resuelva de la forma más rápida posible. Además, tienes contacto directo con el abogado para proporcionarte todas las orientaciones necesarias en la obtención de tus derechos.
A continuación, presentamos algunos puntos principales sobre el tema. ¡Revisa!
Régimen General de la Seguridad Social (RGPS)
El Régimen General de la Seguridad Social tiene carácter contributivo y de afiliación obligatoria. Sus políticas son elaboradas por la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Economía y son ejecutadas por el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS).
En este régimen de Seguridad Social tenemos a los asegurados obligatorios y facultativos del INSS.
Son asegurados obligatorios aquellos que ejercen actividad remunerada, clasificándose de la siguiente manera:
Empleado urbano o rural;
Empleado doméstico;
Contribuyente individual;
Trabajador por cuenta ajena;
Asegurado especial;
Son asegurados facultativos aquellos que no ejercen actividad remunerada, pero que aun así optan por contribuir a la seguridad social, ejemplos:
Dueño(a) de casa;
estudiante;
Sindico de condominio cuando no está remunerado;
Brasileño que acompaña a cónyuge que presta servicio en el extranjero;
Brasileño residente o domiciliado en el extranjero;
Miembro del consejo tutelar;
Presidiario que no ejerce actividad remunerada ni está vinculado a otro régimen de seguridad social;
Por lo tanto, estas personas que mes a mes contribuyen al INSS adquieren derechos, ya que la Seguridad Social funciona como un seguro. Veamos los beneficios relacionados con este régimen de seguridad:
Jubilaciones:
Jubilación por edad urbana;
Jubilación por edad rural;
Jubilación por tiempo de contribución (solo para asegurados incluidos en la regla de transición);
Jubilación por invalidez o Beneficio por Incapacidad Permanente;
Jubilación Especial;
Jubilación de la Persona con Discapacidad por Edad;
Jubilación de la Persona con Discapacidad por Tiempo de Contribución;
Jubilación del Profesor;
Ayudas:
Auxilio-Doença;
Auxilio-Accidente;
Auxilio-Reclusión Rural;
Auxilio-Reclusión Urbano;
Beneficios Asistenciales:
Beneficio asistencial al trabajador portuario por cuenta ajena;
Beneficio asistencial a la persona con discapacidad (BPC);
Beneficio asistencial al anciano (BPC);
Pensiones:
Pensión por Muerte Urbana;
Pensión por Muerte Rural;
Pensión especial por síndrome de Talidomida;
Pensión especial por lepra;
Pensión especial destinada a niño con Síndrome Congénita del Virus Zika;
Además, tenemos:
Salario maternidad;
Salario Familia;
Seguro-defeso pescador artesanal;
Y en caso de que te sea denegado alguno de los derechos listados anteriormente, debes buscar inmediatamente un abogado especializado en derecho de seguridad social.
A continuación, colocamos una tabla para facilitar la comprensión del lector sobre los subtemas mencionados.
Jubilación: Pago realizado por el INSS al trabajador que ha completado determinado tiempo de contribución o que presenta condiciones especiales de trabajo
Ayuda: Pago temporal realizado por el INSS a trabajadores que estén incapacitados para el trabajo o en situación de desempleo involuntario
Beneficios asistenciales: Beneficios destinados a personas en situación de vulnerabilidad social, como el Beneficio de Prestación Continuada (BPC)
Pensión: Beneficio pagado por el INSS a los dependientes de los asegurados fallecidos, destinado a proporcionar soporte financiero debido al fallecimiento del proveedor.